El criterio del reparto de las acciones de la sociedad se modifica por la distribución del 50% que era de la Autoridad Portuaria entre cada uno de los partícipes de la sociedad y el resto en base a la actividad desarrollada por las empresas estibadoras. Además, se incorporará a la sociedad un representante nombrado por la Autoridad Portuaria de Barcelona (APB), ente que ahora no tiene participación accionarial pero si un voto dentro del consejo de administración de la sociedad.